PROYECTO DE LEY
LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
MEDIDAS DE
PREVENCION DE ADICCIONES A INTERNET Y NUEVAS TECNOLOGIAS
ARTÍCULO 1.- Créase el Programa de “Prevención
de Adicciones a Internet y Nuevas
Tecnologías”, en el ámbito del Ministerio
de Salud, con el objeto de prevenir,
diagnosticar y tratar patologías vinculadas al uso excesivo e incorrecto de
Internet y nuevas Tecnologías.
ARTÍCULO 2.- Entiéndase como patologías vinculadas a Internet y las
nuevas
Tecnologías, a los efectos de la presente ley, como las siguientes:
1.
Adicciones a la navegación;
2.
Adicciones a los juegos en red;
3.
Adicciones a las apuestas online;
4.
Adicciones al teléfono;
5.
Desordenes físicos a consecuencia del uso incorrecto de
la tecnología;
6.
Y cualquier otra adicción que tenga como causante el uso
compulsivo de lo que brinda la red.
ARTÍCULO 3.- Son objetivos del presente
Programa:
1.
Concientizar a la población acerca de los riesgos de
Internet, propiciando el uso responsable, educativo y laboral del mismo;
2.
Informar a la población acerca de las patologías que
existen como consecuencia del uso compulsivo de Internet y las nuevas
tecnologías;
3.
Brindar asesoramiento permanente a los organismos
públicos y privados, y a los ciudadanos acerca de los indicios, factores y
síntomas de estas nuevas patologías;
4.
Crear un espacio gubernamental al servicio de la salud
del ciudadano, posibilitando el acceso a tratamientos de las desordenes
relacionadas a Internet;
5.
Propiciar el estudio científico-médico constante acerca
de estas nuevas patologías;
6.
Constituirse en un
espacio destinado a brindar asesoramiento y tratamiento acerca del
cyberbulling;
7.
Participar y asesorar en las distintas legislaciones y
actividades que tengan como principal actividad el uso de Internet y las nuevas
tecnologías.
8.
Otorgar orientación en el nivel educativo acerca del uso
de las redes y sus riesgos.
ARTÍCULO 4.- El
Programa estará a cargo de un equipo interdisciplinario psicólogos,
psicopedagogos y
psiquiatras cuya composición estará determinada por la Autoridad de Aplicación.
ARTÍCULO 5.- Será
Autoridad de Aplicación del presente Programa el Ministerio de
Salud.
ARTÍCULO 6.- La
Autoridad de Aplicación tendrá las siguientes funciones:
1.
Coordinar el presente programa y garantizar el
cumplimiento de los objetivos del mismo;
2.
Proporcionar el recurso humano para su efectivo
cumplimiento;
3.
Capacitar de manera constante al recurso humano acerca de
las nuevas patologías derivadas del uso de Internet;
4.
Propender que el presente programa sea el principal
centro de apoyo y tratamiento de las nuevas patologías derivadas del uso de
Internet;
5.
Realizar convenios con los distintos municipios para que
los servicios del presente programa alcancen a toda la población misionera;
6.
Celebrar convenios de trabajo con instituciones, centros
u organismos nacionales o internaciones que tengan la misma temática que el
presente programa.
ARTÍCULO 7.- La
presente ley se reglamentará a partir de los noventa (90) días de su
promulgación.
ARTÍCULO
8.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
El programa Desconectándonos, se
perfila en pos del atendimiento, prevención, estudio comprensión y tratamiento
de las patologías del Siglo XXI. Cada siglo ha tenido sus enfermedades que han
trazado los aspectos sociales, económicos, culturales y de salubridad de cada
época, y hoy estamos frente a patologías aun poco conocidas o reconocidas, pero
que debido a sus características particulares, donde no necesitas un transmisor
físico o químico para adquirirla más que un mal manejo o uso de las nuevas
tecnologías sumado a la predisposición que tenga esa persona conforme lo
señalan especialistas, estamos frente a una nueva adicción como lo es el uso de
internet y de las nuevas tecnologías, que podría marcar este siglo y que se
podría ser un problema social si no lo tratamos a tiempo.
La adicción a
internet como trastorno mental fue descripto por primera vez por el científico
Ivan Goldberg en 1995, sin embargo muchos profesionales de la medicina hoy
están en duda respecto a ello, pero las estadísticas en el mundo están
demostrando que cada vez más personas presentan cuadros de depresión o pánico
al no poder conectarse en red, otros creen tener enfermedades que han estado
leyendo en línea, otros tienen una dependencia obsesiva con sus teléfonos
celulares o con los juegos en línea, todo ello con un parámetro en común:
sustitución de la realidad por la
realidad virtual, pérdida de contacto con sus familiares y obligaciones
labores. Según un manual de diagnóstico elaborado por psicólogos del Hospital
Militar de Pekín, la adicción a internet pasará a figurar entre los desórdenes
clínicos, como el alcoholismo o la ludopatía.
Cabe destacar
que el problema no radica en el uso en sí de internet y de las nuevas
tecnologías, sino en la cantidad de tiempo que se le dedica a ello, perdiendo
la noción del tiempo y espacio, pudiéndose transformarse así en una adicción,
entendiéndola como el estado psíquico y a veces físico causado por un organismo
vivo y un fármaco por ejemplo o en este caso una actividad, por ejemplo los
juegos online; caracterizado por modificaciones en le comportamiento de la
persona que comprenden un impulso irreprimible por desarrollar dicha actividad
en forma continua, a fin de experimentar sus efectos psíquicos, o evitar el
malestar que ocasiona la privación.
Por estas
consideraciones y otras que en su momento expondré, solicito el acompañamiento
de mis pares para la aprobación del presente proyecto de ley.
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